Voz Editorial “La no restricción de venta de bebidas alcoholicas”,29-7-2026
El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el Decreto número 308-06, emitido en 22 de julio del 2006, por entonces presidente Leonel Fernàndez, para restringir los horarios de expendio de bebidas alcohólicas en colmado, bares, discotecas, casinos y otros centros de diversión.
Se destaca que la decisión del alto Tribunal fue adoptada al acoger una acción directa de inconstitucionalidad presentada por el licenciado Víctor Eddy Vásquez, alegando que el decreto vulneraba derechos y principios constitucionales.
Eso quiere decir que hasta que algún congresista someta y se apruebe un Proyecto de Ley que regule la venta y consumo de bebidas alcohólicas, podrá hasta amanecer consumiendo romo y otras bebida alcohólicas.
Nos unimos a quienes han levando oposición a la medida evacuada por el Tribunal Constitucional, razón de que el país está viviendo momentos angustiantes, por el alto número de hechos violentos, en su mayoría atribuido al consumo desmedido de bebidas alcohólicas en centros de diversiones.
Falta saber si tras la medida asumida por alto tribunal, tambien los menores de edad estarían en libertad de estar en horas de la noche y la madrugada en los llamados centros cerveceros, en los cuales se originan muertos y heridos que son el pan de cada dìa, según las estadísticas policiales. Entonces a partir de hoy, a beber romo sin límite, por decisión expresa del Tribunal Constitucional, que borró del mapa dominicano el Decreto número 308-06.