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La JCE y el Cese de las Actividades Proselitistas

Voz Editorial “La JCE y el Cese de  las Actividades Proselitistas”, 30-9-2021

El presidente del Partido la Fuerza del Pueblo, doctor Leonel Fernández, anda por el país y por la ciudad de New York en una abierta campaña electoral, a los fines de volver al poder en el año 2024.

Igual hacen los aspirantes a la candidatura presidencial por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), señores Francisco Domínguez Brito, Margarita Cedeño y Abel Martínez, el más reciente visitante a esta ciudad duartiana.

Estos señores realizan esas actividades proselitistas, tal y como si no conocieran la Ley número 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y el radical artículo 280 de la Ley de Régimen Electoral.

Este articulado de la Ley de Régimen Electoral, dice que será aplicada una sanción administrativa de uno a 200 salarios mínimos a aquellos que organizaren manifestaciones, mítines o reuniones públicas antes del inicio formal de la campaña electoral, que deberá ser proclamada por la Junta Central Electoral.

Saludamos que el máximo organismo electoral, ordenara el cese inmediato de las actividades proselitistas de los aspirantes a sentarse  en el 2024  en “la silla de los alfileres” del Palacio Nacional, como así la tildara el doctor Balaguer.

Ahora falta saber si los citados políticos seguirán sus respectivas campañas proselitistas y si la Junta Central Electoral tendría la hombría de sancionarlos hasta con la inadmisibilidad de sus candidaturas.